Resolución del Vaticano en caso Cristián Precht

Por especial encargo de monseñor Ricardo Ezzati Andrello, actualmente en viaje a Roma para participar de un encuentro convocado por el Papa Benedicto XVI, con ocasión de 15º aniversario de la Exhortación Apostólica “La Iglesia en América”, me es un deber comunicar lo siguiente:

1. El pasado 28 de junio de 2012, el Arzobispo de Santiago, monseñor Ricardo Ezzati Andrello, comunicó el resultado del proceso administrativo penal contra el presbítero Cristián Precht Bañados.

2. En dicho proceso se constataron noticias verosímiles de conductas abusivas con mayores y menores de edad. Esto exigía enviar las actas del proceso a la Congregación para la Doctrina de la Fe, única entidad competente para examinar los “delitos más graves”, incluso cuando están prescritos para la legislación canónica al haber transcurrido 20 años desde que las eventuales víctimas cumplieron 18 años de edad (cfr. Declaración Arzobispo de Santiago, 28 de junio de 2012).

3. El Arzobispo de Santiago pidió la derogación de la prescripción para continuar el proceso por el bien de las personas denunciantes y la necesidad de hacer justicia.

4. En reciente respuesta, la Congregación para la Doctrina de la Fe ha comunicado al Arzobispo de Santiago la resolución emanada de ese Dicasterio, en que establece la comprobación de las mencionadas conductas abusivas y la conformidad con la petición de derogar la prescripción, en atención a la gravedad de los hechos denunciados.

5. Siguiendo las instrucciones de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el Arzobispo de Santiago ha procedido a emanar un decreto estableciendo para el presbítero Cristián Precht la prohibición del ejercicio público del ministerio sacerdotal por un período de cinco años, quedando al Obispo la facultad de ampliar el plazo indicado por el tiempo que estime conveniente; la prohibición de administrar el sacramento de la confesión y la dirección espiritual a jóvenes y menores de edad. Asimismo, el presbítero Cristián Precht fijará la residencia de común acuerdo con la autoridad eclesiástica; deberá pedir autorización para ausentarse del país; y llevará una vida de oración y penitencia. En caso de no observar estas, la autoridad eclesiástica podría imponer sanciones mayores.

6. Monseñor Ezzati junto con comunicar esta resolución al presbítero Cristián Precht, también ha solicitado al Vicario Judicial informar a las víctimas acerca del resultado de sus demandas.

7. Conforme a la legislación canónica, el presbítero Precht tiene derecho a apelar a través de un recurso a la Congregación para la Doctrina de la Fe, en el plazo de sesenta días hábiles.

8. Quiero transmitir a la comunidad eclesial el intenso dolor que ésta y otras situaciones que involucran a sacerdotes ha causado a las víctimas, a la Iglesia, a nuestro Arzobispo y a sus colaboradores. Hemos querido actuar con prontitud acogiendo en derecho y en justicia los relatos de las demandas de las personas denunciantes. La Iglesia debe ser la casa y escuela de la comunión, de la fraternidad, del apoyo mutuo desde nuestra común fe en Jesucristo. Queremos renovar nuestro compromiso institucional para actuar con diligencia, eficacia y, sobre todo, con imperativo evangélico y procurar ambientes seguros para todas las personas.

9. Una plegaria eucarística dirigida a Dios, dice: “Abre nuestros ojos para que conozcamos las necesidades de los hermanos (…); haz que podamos servirlos con sinceridad, siguiendo el ejemplo y el mandato de Cristo. Que tu Iglesia sea un vivo testimonio de verdad y libertad, de paz y justicia, para que todos los hombres se animen con una nueva esperanza”.

+Cristián Contreras Villarroel

Obispo Auxiliar de Santiago

Vicario General

Fuente: Comunicaciones Santiago

www.iglesiadesantiago.cl

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