Corte Suprema ratifica inocencia del P. Antonio Larraín

Al fin se hizo justicia. De forma categórica la Excelentísima Corte Suprema de Chile absolvió de toda culpa al P. Antonio Larraín por los supuestos delitos imputados hace más de cinco años, acontecidos entre los años 1997 y 1999, cuando servía como Director del Colegio María Auxiliadora de Porvenir. De esta manera, la máxima instancia judicial del país ratifica la inocencia del salesiano.

A poco de conocerse el fallo, el Área de Comunicación de la Inspectoría conversó con el P. Antonio para conocer sus sentimientos e impresiones. Lo primero que señaló fue su agradecimiento al Padre Dios, puesto que a largo de estos cinco años de proceso ha podido madurar su vocación cristiana, religiosa y sacerdotal. “Me he dado cuenta de que el dolor muchas veces es un ministerio dentro de la Iglesia, es una vocación, más todavía siendo sacerdote”, indicó.

En segundo lugar, manifestó un profundo agradecimiento a la Congregación, a todos sus hermanos salesianos, en particular a los superiores que han seguido el proceso, entre ellos el P. Bernardo Bastres (hoy Obispo de Punta Arenas), el P. Natale Vitali, el padre Obispo Tomás González y todos quienes han sido superiores en la zona de Magallanes y que, aseguró, siempre le apoyaron y se la jugaron por su inocencia.

Espera y desea para los querellantes que Dios les permita vivir un proceso de conversión, “para que habiéndose equivocado en la verdad, puedan encontrarla”.

Finalmente indicó que según trascendidos de los abogados responsables de la causa, los términos de la resolución fueron categóricos en su favor y que el procesamiento estaba totalmente viciado en su forma y en su fondo.

Antecedentes del caso

El 16 de abril de 2002 fue interpuesta una querella en contra del P. Antonio, el Obispado de Punta Arenas y la Congregación por supuesto abuso sexual en contra de la menor de iniciales V.C.M.C.

El 8 de abril de 2005, el juez de Provenir, Julio Álvarez Toro, en fallo absolutorio, estima que las pruebas no son suficientes para acreditar los abusos y lo absuelve. La parte querellante apela a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.

El 28 de junio de 2006, en votación dividida, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas revoca el fallo absolutorio de primera instancia del juez Álvarez y lo condena a una pena de 300 días de presidio remitido y rechaza una demanda civil por 111 millones de pesos que los querellantes exigían como indemnización de perjuicios, porque la acción civil estaba prescrita. La condena consistió en: Trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, inhabilitación especial perpetua para el cargo de maestro o encargado en cualquier manera de la educación o dirección de la juventud y el pago de las costas de la causa.

En vista de este fallo, la defensa apela ante la Corte Suprema, la cual ratifica el fallo de primera instacia, resolución hecha pública el 3 de mayo y que de manera definitiva probó la inocencia del padre.