Punta Arenas, 24 mayo 2005. 22:59 (+02:59utc)
Monseñor Tomás González comunicó a los fieles hace algunas horas, que envió una carta al Papa, presentando su renuncia al gobierno pastoral de la diócesis de Punta Arenas.
Luego de treinta años, conduciendo la diócesis de Punta Arenas, el obispo salesiano Tomás González Morales –de 70 años de edad– comunicó esta tarde su renuncia al gobierno pastoral de la diócesis magallánica.
Durante la tradicional Eucaristía de la Fiesta de María Auxiliadora, en el templo de ese mismo nombre, en la capital magallánica, el prelado comunicó a los fieles que había escrito al Papa en el día de María Auxiliadora, pues “ella lo ha acompañado desde muy pequeño y durante toda su vida y ha escogido esta fecha para presentar su renuncia al Santo Padre y poner a disposición el gobierno diocesano”, confirmó su secretario personal, el padre Jaime Low.
Hoy día mismo, via correo, hizo efectiva su renuncia, dirigiendo una misiva al Papa Benedicto XVI, el que deberá ahora disponer si la acepta, y si lo hace, proveer a la diócesis de Punta Arenas de un nuevo Pastor.
El Obispo González no señaló el motivo de su renuncia, ni fue dado a conocer por su secretario. Se espera que en los próximos días, y en las mismas intervenciones del Obispo, sea él mismo quien de a conocer las razones de su dimisión.
El padre Low manifestó que el “Padre Obispo está muy tranquilo y muy esperanzado en todo lo que va a suceder y ahora queda esperar la decisión del Santo Padre, y el eventual nombramiento del nuevo Obispo”.
POSIBILIDAD DE RENUNCIA CONTEMPLADA DESDE EL CONCILIO VATICANO II
El Obispo de Punta Arenas hizo efectiva su renuncia, acogiéndose al canon 401, parágrafo segundo, del Código de Derecho Canónico, que regula a la Iglesia Católica, en el que “se ruega encarecidamente al Obispo diocesano que presente la renuncia de su oficio si por enfermedad u otra causa grave quedase disminuida su capacidad para desempeñarlo”.
El obispo aunque renuncie a la diócesis, sigue siendo obispo, pues se trata de una consagración sacramental a la que no puede renunciar, ni se le puede quitar. El Padre Obispo presentó su renuncia a continuar dirigiendo la Iglesia de Magallanes. Si su retiro es aceptado, pasaría a ser el primer Obispo Emérito de Punta Arenas, en la historia de esa diócesis.
La normativa canónica, a petición del Concilio Vaticano II, considera esta posibilidad junto con la referida a los obispos diocesanos que cumplen 75 años, a quienes se les “ruega” también, que presenten su renuncia a su oficio.
El número 21 del decreto Conciliar “Cristus Dominus” señala que “si los obispos diocesanos u otros a ellos equiparados jurídicamente, dada su avanzada edad o por otra causa grave, resultaran menos aptos para desempeñar su función, se les ruega encarecidamente que ellos, espontáneamente o a invitación de la autoridad competente, presenten la renuncia a su cargo”.
LAS FUNCIONES QUE PODRÁ DESEMPEÑAR EL PADRE OBISPO.
De ser aceptada su renuncia por el Santo Padre, el obispo Tomás González tiene variadas posibilidades de funciones en la vida eclesial.
El documento Normae in Vita Ecclesiae, publicado en 1988 por la Congregación para los Obispos, señala que los obispos “aún siendo emeritos, son miembros del colegio de los obispos, tienen derecho a intervenir en el Concilio Ecuménico con voto deliberativo y ejercen la potestad colegial”.
El documento pide que los “obispos emeritos sean consultados acerca de los problemas de carácter general, por lo que se les envían los documentos de la Santa Sede, para que puedan dar su aporte. También pueden ser incluídos como miembros de los dicasterios de la Curia Romana, en calidad de miembros adjuntos o consultores”
DEJA LA CONFERENCIA EPISCOPAL.
En caso de que el Papa Benedicto XVI acepte la renuncia del Obispo de Punta Arenas, éste deja de pertenecer a la Conferencia Episcopal de Chile y cesa en los cargos internos en los que se desempeñe, tal como lo señala el artículo 4 de los estatutos de esa entidad.
Sin embargo, pueden ser elegidos para participar en Sínodos, tal como lo ratificó el Pontificio Consejo de Interpretación de los Textos Legistaltivos, que publicó en 1992, la respuesta afirmativa, ante a la consulta acerca de que si los obispos a quienes se les ha aceptado la renuncia (canon 402,1), pueden ser elegidos por la Conferencia Episcopal para participar de algún sínodo (canon 346,1)
Los obispos dimisionarios, como se llama a los que han renunciado al gobierno pastoral de su diócesis, pueden desempeñar otros oficios y labores pastorales, como lo hizo por mucho tiempo el Cardenal Juan Francisco Fresno, en Santiago.