El Rector Torres opina sobre la ley de Financiamiento a la Educación Superior

Santiago, 5 mayo 2005.
El Congreso aprobó finalmente el proyecto que establece normas para el financiamiento de la Educación Superior de estudiantes de universidades privadas, institutos profesionales, centros de capacitación técnica, y a los jóvenes que quieran estudiar en alguna de las ramas de las Fuerzas Armadas, Escuela de Carabineros o Investigaciones.

Este Proyecto, largamente retrasado, viene a responder a la notable expansión de la matrícula postsecundaria. De acuerdo al último Censo, el 37,5% de los jóvenes entre 18 y 24 años están matriculados en una institución de educación superior, mientras que en 1990 era sólo el 14,6%. Todo indica que al 2010 estos porcentajes serán aún muy superiores.

Por ello, me parece adecuado que se establezca en la norma que mientras no se apruebe el proyecto de Ley de Acreditación de la Calidad de la Educación Superior, el Estado sólo podrá avalar a las instituciones autónomas que hayan sido acreditadas por la actual Comisión Nacional de Acreditación de Pre-grado.

Es absolutamente legítimo colocar un requisito a las Instituciones, y no puede ser otro que velar por la calidad de la oferta académica.

Desde ese punto de vista es razonable que se disponga que la participación en procesos de Acreditación sea un requisito de elegibilidad de las instituciones. Quienes argumentan en contrario señalan que, aún no hay un Sistema de Acreditación con el aval de una ley, proyecto lamentablemente empantanado en el Parlamento.

El Crédito con aval del Estado, debe apuntar a los jóvenes con mérito académico y socialmente necesitados y, al mismo tiempo, es sano que consigne criterios de calidad en el desempeño de las instituciones. Así, las experiencias de acreditación, voluntarias que se están realizando en nuestro país —y mientras no exista una Ley específica sobre esta materia— son entonces un criterio socialmente legítimo a considerar en el otorgamiento de este nuevo crédito.

TEMAS PENDIENTES
Pero también es sano advertir que subsisten debilidades en la norma. La primera de ellas es que esta iniciativa, que busca corregir los vacíos del sistema vigente, permite la coexistencia de ambos, por lo que mantiene una condición discriminatoria hacia los alumnos que se incorporan como nuevos beneficiarios. Se genera así una relación del Estado para con los jóvenes arbitraria y no basada en el mérito académico y la situación socio-económica como correspondería.

Por otra parte, se dispone que las Instituciones de Educación Superior deben garantizar el pago del crédito si el alumno-deudor deserta antes de obtener su egreso. Esta exigencia representa un doble incentivo perverso pues, por una parte se podría generar estímulos para hacer caer las exigencias académicas y con ello facilitar el egreso y, por otra parte, a seleccionar estudiantes para ser presentados al crédito con mayor nivel socio-económico para que en la eventualidad de la deserción, la institución pueda hacerse cargo de la cobranza con lo cual se desfavorece a los talentos de sectores más vulnerables.

El despacho de este proyecto es una buena noticia para el país, pero al mismo tiempo, un gran desafío. Es de esperar que el próximo paso sea abordar los temas aún pendientes para una mayor equidad en el acceso a la educación y asegurar la calidad de la masificación de los estudios.